Derecho Inmobiliario

Cuando surgen problemas inmobiliarios, un asesoramiento jurídico especializado marca la diferencia.

 

Asesoramiento en Derecho Inmobiliario

compraventa de inmuebles, arrendamientos, comunidades de vecinos…

Vicios ocultos y defectos constructivos

Protegemos su vivienda y su inversión

Uno de los problemas más frecuentes en el ámbito inmobiliario surge cuando, tras adquirir una vivienda, el comprador descubre que el inmueble no reúne las condiciones ni las calidades pactadas en el contrato de compraventa o, con el transcurso del tiempo, comienzan a manifestarse daños derivados de vicios o defectos constructivos.

Entre los más habituales se encuentran humedades, condensaciones, grietas, filtraciones, deficiente aislamiento térmico o acústico, así como solados y alicatados defectuosos, entre otros. Estos problemas no solo afectan al confort de la vivienda, sino que pueden suponer una importante pérdida económica para el propietario.

En Rincón y García Abogados analizamos su caso de forma exhaustiva y le ofrecemos la mejor vía legal para reclamar.

Reclamaciones por defectos constructivos conforme a la LOE

Cuando la vivienda está sujeta a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), es posible reclamar frente a los agentes de la edificación que intervinieron en el proceso constructivo —promotora, constructora, arquitectos y aparejadores—, cuyas responsabilidades están claramente definidas por la ley.

Dichos agentes responderán frente a los propietarios y terceros adquirentes por los daños materiales del edificio dentro de los siguientes plazos, contados desde la recepción de la obra:

  • Diez años, por daños estructurales que afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados o muros de carga y comprometan la resistencia y estabilidad del edificio.
  • Tres años, por defectos de los elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad de la vivienda.
  • Un año, por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras, responsabilidad atribuible al constructor.

Nuestro despacho se encarga de coordinar informes técnicos, reclamar extrajudicialmente y ejercer acciones judiciales, defendiendo sus derechos con eficacia.

Vicios ocultos en compraventas entre particulares

Cuando la vivienda no cumple con lo esperado

En las compraventas entre particulares no sujetas a la LOE, la protección del comprador se articula a través del régimen de vicios ocultos del Código Civil. En estos casos, el vendedor responde cuando la vivienda presenta defectos graves, preexistentes y no visibles en el momento de la compra, que la hacen impropia para su uso o disminuyen notablemente su valor.

Asimismo, el vendedor será responsable cuando haya ocultado o silenciado conscientemente defectos relevantes que no eran detectables por el comprador en una inspección normal.

⚠️ Es fundamental actuar con rapidez: el plazo para ejercer acciones por vicios ocultos es de solo seis meses desde la entrega de la vivienda.

En Rincón y García Abogados le asesoramos desde el primer momento para valorar la viabilidad de su reclamación y ejercer, en su caso, la acción de resolución del contrato, rebaja del precio o reclamación de daños y perjuicios.

Confíe en abogados especializados en derecho inmobiliario

Cada caso es único y requiere una estrategia jurídica precisa. En Rincón y García Abogados combinamos experiencia, rigor técnico y cercanía, ofreciendo un asesoramiento claro y orientado a resultados.

📞 Contacte con nosotros y analice su caso con un abogado especializado antes de que sea demasiado tarde.

DESAHUCIOS

Otro de los grandes problemas actuales del derecho inmobiliario son los desahucios. Las disputas entre arrendadores y arrendatarios están en el orden del día en los juzgados, que en muchas ocasiones tiene que entrar a valorar la posible resolución del contrato y con ello la expulsión de inquilino.

Algunas de las causas del desahucio son:

  • Falta de pago del alquiler: El propietario puede iniciar un proceso de desahucio para recuperar la propiedad y resolver el contrato de alquiler.
  • Incumplimiento de las condiciones del contrato: Si el inquilino incumple el contrato de alquiler, tales como causar daños graves a la propiedad o perturbar la convivencia en el edificio, el propietario puede iniciar un desahucio.
  • Finalización del contrato: Cuando un contrato de alquiler llega a su término el propietario puede solicitar la recuperación de la propiedad.
  • Uso no autorizado: Si alguien ocupa una propiedad sin el consentimiento del propietario, como en el caso de la ocupación ilegal o la entrada no autorizada, el propietario puede recurrir a un desahucio para expulsar al ocupante ilegal.

Prórroga de la suspensión de desahucios

El Gobierno ha decidido extender la suspensión de desahucios y lanzamientos de viviendas habituales para personas y familias vulnerables hasta finales de 2026. Es posible que vuelva a prorrogarse porque ya han existido varias prorrogas.

La suspensión se aplica a personas vulnerables en sus viviendas habituales y en situaciones de ocupación en presencia de personas dependientes, víctimas de violencia de género o menores a cargo.

Para los propietarios afectados por la suspensión de lanzamientos pueden solicitar una compensación si no se ofrece una solución habitacional en los tres meses posteriores a la emisión del informe de los servicios sociales.

Hay que señalar que estas extensiones no afectan a la prórroga extraordinaria de contratos de alquiler que llegan a su término.

Si tiene dudas relacionadas con el proceso de desahucio, no dude en contactar con nosotros, estaremos encantados de atender sus consultas y peticiones.

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